Fallo de interés para las Urbanizaciones Especiales conformadas bajo la forma de Consorcios de Copropiedad ley 13.512
En la ciudad de Mar del Plata a los días 17 del mes de octubre del año dos mil doce, reunida la Excma. Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial en acuerdo plenario a los efectos de resolver en los autos caratulados: “CONSORCIO DE COPROPIETARIOS DEL COMPLEJO HABITACIONAL 9 DE JULIO 5602 c. SINDICATO DE EMPLEADOS DE COMERCIO DE MAR DEL PLATA s. COBRO EJECUTIVO”, si corresponde revisar las conclusiones a las que se arribara en el plenario dictado en los autos “Consorcio de Propietarios Edificio Maridiano s. Schuttemberg, Juan s. Ejecución” (causa nro 118.582, del 18 de julio de 2002)
SENTENCIA
Por los fundamentos consignados en el precedente acuerdo plenario se establece: I) Por unanimidad, dejar sin efecto el plenario Consorcio de Propietarios Edificio Maridiano s. Schuttemberg, Juan s. Ejecución” (causa nro 118.582, del 18 de julio de 2002) y II) Por mayoría, declarar la inhabilidad del certificado de deuda en base al cual se ejecutan expensas cuando en él no se discriminen los períodos reclamados, los montos correspondientes a capital y a intereses y las respectivas fechas de vencimiento.
(en la sede de la FACC se dispone del texto completo del fallo en archivo Word) |
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