El pasado 15 de abril, la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) tuvo un trascendente pronunciamiento judicial que reviste significativa relevancia en relación a uno de los temas en los que se encuentra actualmente trabajando la Comisión Tributaria de la Federación: las tasas municipales.
En la causa promovida por Aeropuertos Argentina 2000 S.A. contra la Comuna de Delfín Gallo y el Gobierno de la Provincia de Tucumán, el Máximo Tribunal revocó la sentencia que había rechazado la demanda interpuesta por la concesionaria, que tenía por objeto dejar sin efecto actos administrativos locales y obtener la devolución de la «contribución que incide sobre la actividad comercial, industrial y/o de servicios», establecida en el artículo 146 del Código Tributario Comunal (Ley Provincial N° 5.637), así como los intereses y multas derivados de su aplicación.
En su fallo, la CSJN sostuvo que la carga de la prueba sobre la efectiva prestación de los servicios que justifican dicha contribución recaía en la comuna demandada, en tanto era ésta quien se encontraba en mejores condiciones para acreditar la existencia y alcance de tales prestaciones.
Este pronunciamiento reafirma el principio constitucional de legalidad tributaria y la exigencia de razonabilidad y justificación en la imposición de tributos por parte de las autoridades locales. Asimismo, marca un precedente de alto valor para los actores económicos que desarrollan sus actividades en distintas jurisdicciones del país y se ven alcanzados por múltiples cargas fiscales.
Nuestra Comisión Tributaria celebra este tipo de decisiones, ya que fortalecen la seguridad jurídica, el respeto por los derechos de los contribuyentes y la transparencia en la actuación de los poderes públicos.